Acera de la Moratoria de Desalojo Temporal del Condado de Los Ángeles

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Preguntas Frecuentes

Protecciones para inquilinos COVID-19

¿QUÉ ES LA RESOLUCIÓN DE PROTECCIONES PARA LOS INQUILINOS DE COVID-19 DEL CONDADO?

La Resolución de Protecciones para los Inquilinos de COVID-19 del Condado (anteriormente la Moratoria de Desalojo del Condado de Los Ángeles), entro en vigor el 4 de marzo del 2020, y extiende ciertas protecciones a los inquilinos residenciales y comerciales afectados por la pandemia de COVID-19 en el Condado de Los Ángeles. El 25 de enero del 2022, la Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles votó para extender La Resolución de Protecciones para Inquilinos de COVID-19 hasta el 31 de diciembre del 2022, a menos que la Junta la revoque o extienda.

Descargue el PDF de la tabla de resolución de protección de inquilinos COVID-19 actualizada aquí:
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NUEVO: Efectivo 1 de julio de 2022, inquilinos de bajos ingresos protegidos por la falta de pago de renta

Hogares de inquilinos con ingresos que son o llegan a menos de 80% de los ingresos mediano del área (“AMI”) debido a dificultad financiera a causa de COVID-19 y no pueden pagar su renta comenzando el 1 de julio de 2022 podrán ser protegidos contra el desalojo. Los límites de ingresos más reciente son establecidos por las pautas del Departamento del Desarrollo de Vivienda y Comunidad del Estado de California (May 13, 2022) siguientes:

TAMAÑO DEL HOGAR:

AMI%  1   2   3   4   5   6   7   8  
80%  $66,750  

 

$76,250   $85,800   95,300   $102,950   $110,550   $118,200   $125,800  

Inquilinos que califican tienen que proveer notificación al dueño de vivienda entre 7 días de la fecha que se debe la renta.

Los inquilinos pueden descargar la plantilla de notificación al arrendador de incapacidad para pagar el alquiler debido a COVID-19 en INGLÉS o ESPAÑOL.

Tenga en cuenta: La Resolución de Protección de Inquilinos COVID-19 del Condado no cancela ni detiene el pago del alquiler, ni detiene la acumulación del alquiler que se debe durante el período de protección. Los inquilinos deben pagar si pueden y se les recomienda que elaboren un plan de pago con su arrendador durante y después de la finalización de la Resolución de protección de inquilinos de COVID-19.

¿PUEDE UN PROPIETARIO DESALOJAR A UN INQUILINO PARA MUDARSE A UNA PROPIEDAD MIENTRAS ESTÁ VIGENTE LA RESOLUCIÓN DE PROTECCIONES PARA LOS INQUILINOS DE COVID-19?

Un propietario o un miembro de la familia que califique puede mudarse a una casa unifamiliar, espacio de casa móvil, unidad de condominio, dúplex o tríplex (colectivamente “unidades”) a través de la Fase I (hasta el 31 de mayo del 2022) de la Resolución de Protecciones para los Inquilinos de COVID-19 si la propiedad fue comprada el 30 de junio del 2021 o antes y cumplen con los siguientes criterios:

  • El Propietario o el miembro de la familia que califique debe vivir físicamente en la propiedad durante al menos treinta y seis (36) meses consecutivos;
  • Los Inquilinos de la unidad deben estar al día con los pagos del alquiler y no haber sido afectados por COVID-19;
  • El Propietario o el miembro de la familia que califica deben estar en una situación similar al inquilino que actualmente ocupa la casa o unidad;
  • El Propietario debe notificar al inquilino con al menos sesenta (60) días de anticipación para mudarse de la casa o unidad;
  • El Propietario debe pagar la asistencia de reubicación del inquilino como lo requiere la Ordenanza de Estabilización de Alquiler del Condado o la ordenanza o reglamento aplicable de la ciudad incorporada.

Los propietarios deberán utilizar los siguientes formularios como parte del proceso para desalojar a los inquilinos y notificar al Departamento de Servicios para Consumidores y Negocios:

Nota: La Fase II de la Resolución de Protecciones para los Inquilinos de COVID-19 (1 de junio del 2022 – 31 de diciembre del 2022) elimina la fecha de compra (30 de junio del 2022) como requisito y el requisito de que los inquilinos no sean afectados financieramente por COVID-19, a partir del 1 de junio del 2022 para Mudanzas de Propietarios. Para obtener más información sobre los requisitos de Mudanza del Propietario, comuníquese con el Departamento de Servicios para Consumidores y Negocios del Condado de Los Ángeles (DCBA) al (800) 593-8222.

¿QUÉ DEBE HACER UN INQUILINO SI RECIBE UN AVISO DE DESALOJO DE UN PROPIETARIO?

Es importante buscar asistencia legal para responder a cualquier desalojo o acción de “retención ilícita de un inmueble” presentada por un propietario. Los inquilinos que reciben un aviso de desalojo deben comunicarse de inmediato con Stay Housed LA para ver si califican para recibir asistencia legal gratuita y para obtener ayuda para comprender sus derechos, responder a los avisos, asistencia de alquiler a corto plazo y/o acceso a otros recursos en www.stayhousedla.org o llamando a DCBA al 800-593-8222 para más información. Los inquilinos no están obligados a abandonar sus unidades a menos que reciban un aviso de cinco (5) días para desalojar del Departamento del Alguaciles.

PODEMOS RESPONDER A SUS PREGUNTAS

Llame a un consejero de estabilización de alquileres al (833) 223-RENT (7368)
Correo electrónico: rent@dcba.lacounty.gov

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¿QUIÉN ESTÁ CUBIERTO BAJO LA RESOLUCIÓN DE PROTECCIONES PARA LOS INQUILINOS DE COVID-19 DEL CONDADO?

La Resolución de Protecciones para los Inquilinos de COVID-19 cubre a los inquilinos residenciales, comerciales e inquilinos de espacios de casas móviles en las áreas no incorporadas del Condado, al igual que en ciudades dentro del Condado que no tengan una moratoria vigente. También estableció las protecciones temporales de emergencia para los inquilinos del Condado como una base para todas las ciudades incorporadas dentro del Condado. Esto incluye ciudades incorporadas que tienen su propia moratoria de desalojo local, en la medida en que la moratoria de la ciudad no incluya las mismas o mayores protecciones para los inquilinos que la Resolución de Protecciones para los Inquilinos de COVID-19 del Condado. Favor de comunicarse con su ciudad o llamar a DCBA al 800-593-8222 para obtener más información.

¿Qué otras ciudades del Condado de Los Ángeles tienen una moratoria de desalojo temporal?

¿Qué otras ciudades del Condado de Los Ángeles tienen una moratoria de desalojo temporal?

¿Cómo sé si estoy en un área no incorporada del Condado de Los Ángeles?

Para averiguar si una propiedad se encuentra en un área no incorporada del Condado de Los Ángeles, visite el sitio web del Oficial del Registro Civil/Secretario del Condado de Los Ángeles https://lavote.net/apps/precinctsmaps y seleccione “District Map Look Up by Address”.

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